“No es un acto de venganza”: Solicitan revisión de salida dominical de condenado por agresión a senadora Fabiola Campillai

Foto del avatarContrapoder ChilePortada, ActualidadHace 8 meses1.3K Vistas

Tras confirmarse que Patricio Maturana, exfuncionario policial condenado por la agresión que cegó a la senadora Fabiola Campillai, recibió como beneficio salidas dominicales, Contrapoder Chile tuvo acceso a un fallo judicial que pondría en riesgo este beneficio carcelario a favor de Maturana.

Luego de que se confirmara que Patricio Maturana, exfuncionario policial condenado por la agresión que cegó a la senadora Fabiola Campillai, recibió como beneficio salidas dominicales, Contrapoder Chile tuvo acceso a un fallo judicial que pondría en riesgo este beneficio carcelario a favor de Maturana.

Según la resolución del Juzgado de Garantía de San Bernardo y que data del 17 de febrero, se cita a audiencia de revisión de sentencia de Patricio Maturana Ojeda, para el día 12 de marzo de 2026.

“Pídase al Centro de Detención respectivo que efectúe las gestiones necesarias a fin de que el imputado comparezca a la audiencia fijada mediante la aplicación zoom y con las debidas medidas para el resguardo de su seguridad personal. Cítese al abogado de Gendarmería de Chile, a efectos que comparezca a la audiencia fijada. Ofíciese al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Molina, a efectos que remita a este Tribunal lo informes y la totalidad de los antecedentes que digan relación con la concesión del permiso de salida ordinaria”, se lee en el documento.

Respecto a esto, Contrapoder Chile conversó con el abogado ligado a la causa, Miguel Ángel Yáñez, quien sostuvo que esta solicitud para revocar el beneficio intrapenitenciario otorgado a Maturana no es un acto de venganza, ya que, es una exigencia mínima de justicia y de respeto a los derechos humanos.

“Estamos hablando del funcionario policial que dejó ciega a Fabiola Campillai, en un contexto que organismos internacionales calificaron como de violaciones graves y sistemáticas a los derechos fundamentales. No se trata de un delito común: es un crimen cometido por un agente del Estado abusando de su posición de garante. Lo que hemos planteado es claro: no se puede hablar de reinserción cuando el propio fallo estableció que el condenado no colaboró con la investigación, negó los hechos y tergiversó la verdad”, afirmó Yáñez.

Además, el abogado también explicó que otorgar salidas dominicales en estas condiciones no solo vacía de contenido la condena, sino que envía una señal de impunidad frente a las violaciones a los derechos humanos y expone nuevamente a la víctima a una forma de revictimización.

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