El día que el exministro Antonio Ulloa falló a favor del diputado electo Sebastián Zamora por el Caso Pío Nono

Foto del avatarContrapoder ChilePortada, ActualidadHace 10 meses9K Vistas

Debido a dicha resolución que data del 18 de octubre de 2024 y emitida por Ulloa, se confirmó la absolución de Sebastián Zamora por el delito de homicidio frustrado y apremios ilegítimos en el Caso Pío Nono, quien en marzo próximo asumirá ante la Cámara de Diputadas y Diputados.

El pasado 10 de noviembre, el Senado aprobó la acusación constitucional en contra del ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, luego de confirmarme un notable abandono de deberes, falta de imparcialidad e intervención indebida en nombramientos judiciales, por lo que fue destituido como ministro y no podrá ejercer cargos públicos en cinco años.

Sin embargo, a días de lo ocurrido, siguen apareciendo recordatorios respecto a su desempeño en la Corte de Santiago, como su resolución en el Caso Pío Nono a favor del ahora diputado electo por el Partido Republicano, Sebastián Zamora.

Según un comunicado público del Poder Judicial del 18 de octubre de 2024, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los recursos de nulidad interpuestos en contra de la sentencia que absolvió a Sebastián Zamora Soto, sindicado por Fiscalía como autor de los delitos de homicidio frustrado y apremios ilegítimos, cometidos en octubre de 2020, cuando el entonces adolescente Anthony Araya cayó desde el Puente Pío Nono.

“En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Antonio Ulloa, la ministra María Paula Merino y la abogada (i) María Soledad Krause– descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago (…) en términos generales se refirieron a ‘colisión, acometer, maniobra, arremeter, posicionar las manos sobre la víctima y a propósito de ello caer, arremete con una maniobra que lo hace caer al río Mapocho’, en circunstancias que Zamora fue acusado por acciones concretas, que son las que provocaron que Anthony cayera al río y que no pueden entenderse comprendidas en conceptos tan generales como los indicados y que entre sí pueden ser sinónimos, como arremeter con acometer, pero no así con las acciones de la acusación”, se lee en la sentencia dirigida por los ministros Ulloa y Merino.

Finalmente, dicha resolución confirmó la absolución de Sebastián Zamora por el delito de homicidio frustrado y apremios ilegítimos, quien en marzo próximo asumirá ante la Cámara de Diputadas y Diputados.

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