
El pasado 15 de octubre, la Corte Suprema confirmó la condena de tres años de libertad vigilada en contra del capitán de Carabineros, Rodrigo Sanzana Olhaberry, quien golpeó a un detenido al interior de la 14° Comisaría de San Bernardo en noviembre de 2019. Sin embargo, fuentes cercanas al caso confirmaron que el funcionario sigue activo en la institución.
El pasado 15 de octubre, la Corte Suprema confirmó la condena de tres años de libertad vigilada en contra del capitán de Carabineros, Rodrigo Sanzana Olhaberry, por el delito de apremios ilegítimos hacia Johan González, cometidos el 21 de noviembre de 2019 en la 14° Comisaría de San Bernardo.
Según la resolución de la Segunda Sala de la Corte Suprema, el capitán Rodrigo Alejandro Sanzana Olhaberry le dijo al detenido al momento de bajarlo del carro policial que lo iban a torturar, empujándolo desde el vehículo, mientras que el sargento 2° Luis Jerónimo Oliva Rojas lo tiró hacia abajo, cayendo el detenido de cabeza al suelo, siendo tomado desde el pelo y levantado por el mismo oficial de Carabineros Sanzana Olhaberry, esto en compañía de al menos cinco funcionarios más. Posteriormente, el joven siguió siendo golpeado.
“De manera concordante a la agresión sufrida, Johan González, resultó con hematomas en brazos, región codos y antebrazos, hematoma en encías, hematoma en pierna izquierda y laceraciones en tórax, herida cortante en encía y región cabeza parietal, pieza dental suelta y perdida de una parte de pieza dental, de carácter leves (…) se rechaza el recurso de nulidad formalizado por la defensa del acusado Rodrigo Sanzana Olhaberry contra la sentencia de diez de junio de dos mil veinticuatro y contra el juicio oral que le antecedió“, se lee en el documento al que este medio tuvo acceso.
Por lo anterior, el capitán Sanzana fue condenado a tres años de presidio menor en su grado medio y la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, mientras que el suboficial Luis Oliva Rojas fue condenado a 800 días de presidio menor en su grado medio. Ambas penas fueron sustituidas por libertad vigilada.
Ante esto, el abogado de la víctima, Miguel Ángel Yáñez, afirmó que esta decisión no sólo ratifica la condena contra dos funcionarios de Carabineros por apremios ilegítimos cometidos durante el estallido social, sino que reafirma el principio más básico del Estado de Derecho: ningún agente del Estado puede torturar o maltratar impunemente a un ciudadano bajo su custodia.
“Valoramos profundamente que el máximo tribunal haya puesto el acento en la responsabilidad institucional y en la vigencia de los derechos humanos, enviando un mensaje claro de que la fuerza pública debe estar siempre subordinada a la ley y al respeto de la dignidad humana”, dijo Yáñez.
Finalmente, Contrapoder Chile se contactó con el Equipo de Comunicaciones de Carabineros para obtener una versión sobre estas condenas. Sin embargo, desistieron referirse a este tema.
Además, fuentes cercanas al caso confirmaron que Rodrigo Sanzana sigue como funcionario activo en la institución.